AD132/2020. RESUMEN: Las crisis de pareja que llevan aparejado un cese de la convivencia imponen la necesidad de organizar las relaciones entre padres e hijos de forma que se respete, fundamentalmente, el interés superior de los menores.Para ello se precisa de un análisis individualizado que no siempre es posible. La ausencia de
Cabedestacar que, uno de los argumentos que ofreció el JPI para acordar la guarda conjunta fue “el desarrollo de la vida familiar”, destacando que ambos progenitores convivían con familiares (los padres en el caso de la madre, una hermana, su marido y su hijo en el caso del padre), siendo incuestionable que ambos precisaban ayuda de
2111/2022. La falta de relación entre padre e hijo es una de las causas de extinción de la pensión de alimentos admitida por la jurisprudencia en algunos casos y siempre que se den determinadas circunstancias. Esto sucede porque, de hecho, este motivo no es una de las causas de extinción de la pensión alimenticia previstas por el Código
Enmuchas ocasiones, alguno de los padres pierde la posibilidad de ver a sus hijos o su convivencia. El conyuge o pareja que tiene la custodia, impide la convivencia del padre con los menores. Pero que puede hacer el progenitor al que se le impide ver a sus hijos. Toma en cuenta lo siguiente: La estabilidad emocional de los hijos es primordial.
Conesta probanza compruebo que se me está descontando el treinta por ciento de mi salario y prestaciones por concepto de pensión alimenticia y tiene por objeto demostrar a su señoría, que jamás me he desentendido de las necesidades de mi menor hijo. Y se relaciona con los puntos 2 y 3 del capítulo de hechos. II.-
Elcertificado de convivencia es un documento por el que se acredita la identidad y número de personas que conviven en un mismo domicilio y se expide en
Parejaso uniones de hecho y custodia de los hijos. Rota la convivencia de una pareja (pareja de hecho inscrita como tal o no), y existiendo hijos menores en común, y junto con la demanda se tiene que acompañar un convenio regulador firmado por los dos progenitores. Caso de que no haya acuerdo, la demanda es algo más
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